En una Resolución incluida dentro del Boletín Oficial, se autoriza a las fuerzas policiales a realizar tareas de investigación con inteligencia de fuentes abiertas.
El Ministerio de Seguridad de Argentina habilitó el ciberpatrullaje a través de los sitios marcados como de «acceso público» mediante la Resolución 428/2024 del Boletín Oficial, oficializada esta misma semana.
El escrito remarca que las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales podrán realizar tareas de OSINT a lo largo de las fuentes digitales abiertas, enumerándose plataformas como Telegram, conforme a lo sostenido también por la Ley de Protección de Datos Personales.
“Las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales deberán adecuar su conducta a las siguientes pautas, principios, criterios, recomendaciones y directivas para las labores preventivas de los delitos que se desarrollan en ambientes cibernéticos. Dichas tareas preventivas se llevarán a cabo únicamente mediante el uso de sitios web de acceso público y fuentes digitales abiertas entendiéndose estas como los medios y plataformas de información y comunicación digital de carácter público, no sensible y sin clasificación de seguridad, cuyo acceso no implica una transgresión al derecho a la intimidad de las personas, conforme lo normado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y sus normas reglamentarias”, menciona el texto.
Lo cierto es que, si bien las acciones de ciberpatrullaje ya habían sido llevadas a cabo por diferentes mandatarios, esta vez se añade el concepto de la inteligencia artificial para detectar con más precisión y velocidad aquellos delitos digitales e informáticos.
Esos delitos que, según establece la norma, serán rastreados incluyen venta de drogas, amenazas, venta de objetos robados, falsificación, pornografía infantil, lavado de dinero, terrorismo, venta de medicamentos de forma ilegal, maltrato animal, venta de armas, trata de personas, entre otros ciberdelitos de todo tipo.
Sin embargo, se han fijado límites sobre las posibles exclusiones y acciones que las Fuerzas Policias no podrán tomar. “se excluirán de la lista para su presunta judicialización aquellas conductas susceptibles de ser consideradas regulares, usuales o inherentes al uso de Internet y que no evidencien la intención de transgredir alguna norma”, dice el escrito.
Esta medida ha conllevado una serie de pensamientos en contra de la misma, argumentando que vulnera el anonimato y la privacidad. A pesar de esto, el texto remarca firmemente en que “el ciberpatrullaje no podrá interferir con la libertad de expresión constitucionalmente garantizada”.
Estará terminantemente prohibido para los agentes policiales obtener información de usuarios de manera discriminatoria (según raza, religión, opinión política, etc.), emplear métodos ilegales o invasivos que atente la dignidad de los usuarios, publicitar la información e incorporar datos erróneos o información falsa.
Las técnicas para hacer OSINT, es decir, la obtención de información mediante fuentes públicas, ha llevado a pensamientos y reflexiones sobre qué información debe ser publicada en internet por parte de los individuos y organizaciones.
Los delitos informáticos en Argentina han crecido un 40% entre 2021 y 2022 según un estudio de la Unidad Fiscal especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), estímulo suficiente para seguir considerando el ciberpatrullaje como forma de ponerle freno a un sinfín de ciberdelitos en la región.